El Ayuntamiento de #Lorca acuerda regular la ubicación de las salas de juego a 500 metros de centros educativos, limitar el uso de los bajos comerciales como viviendas y emplazar los centros de culto en edificaciones exclusivas
El Ayuntamiento de Lorca acuerda regular la ubicación de las salas de juego a 500 metros de centros educativos y limitar el uso de los bajos comerciales como viviendas
Además, la modificación del Plan General de Ordenación, aprobada por unanimidad, incorpora la obligatoriedad de la ubicación de los centros de culto en edificaciones exclusivas.
30 de enero de 2023. El alcalde de Lorca, Diego José Mateos, ha anunciado junto al vicealcalde, Francisco Morales, la aprobación de la modificación del Plan General de Ordenación Municipal que regulará la ubicación de las salas de juego y los centros de culto y limitará el uso de los bajos comerciales como viviendas.
Mateos ha explicado que “esta mañana, hemos aprobado por unanimidad en el Pleno Ordinario Municipal correspondiente al mes de enero de 2023 la modificación del Plan General de Ordenación relativa a la implantación de distintos usos en locales de planta baja de edificios existentes en el término de Lorca”.
El Primer edil ha detallado que “esta modificación tiene como objetivo atajar la problemática que presentaron, básicamente, tres actuaciones: la conversión de bajos comerciales en viviendas, la excesiva implantación de salones de juegos de apuestas en nuestro término municipal y la implantación de centros para actividades de culto en los bajos de edificios”.
“La primera de las modificaciones incluidas es relativa a la conversión de bajos de edificios de viviendas de uso comercial a pasar al uso de vivienda pues, ahora, se preservan zonas de comercio de nuestra localidad, impidiendo la falta de vida y actividad de nuestros barrios y aumentando los controles y conocimiento de las comunidades de propietarios cuando se quieran realizar estos cambios de uso”.
Mateos Molina ha indicado que “por otro lado, se interviene en relación a las salas de juego recreativos, bingos y otros locales en que se practiquen juegos de azar de nuestro municipio tendrán que situarse a más de 500 metros de equipamientos esenciales, deportivos, sociosanitarios, culturales, consultorios y centros de salud, colegios e institutos, una misma distancia que deberá existir, como mínimo, entre un salón de juegos y otro”.
“Y, también, se modifican los requisitos relativos a los equipamientos sociales religiosos que se tendrán que ubicar en edificios exclusivos y cumplir unas condiciones de altura, espacios peatonales para el acceso, vestíbulos, aseos y unas dotaciones mínimas de aparcamiento”.
El alcalde de Lorca manifestado que “la modificación del Plan General de Ordenación Municipal ha seguido un largo proceso de trabajo puesto en marcha por este equipo de Gobierno consciente de la necesidad de adaptar este documento a las casuísticas actuales. Un proceso participativo y consensuado y que ha recibido el apoyo de los empresarios, de los colectivos vecinales y de muchas comunidades de propietarios y que recoge también diversas alegaciones realizadas durante el periodo de exposición pública por asociaciones de vecinos, grupos municipales y la propia Dirección General de Territorio y Arquitectura”.
Diego José Mateos ha querido agradecer “la colaboración de todos los grupos municipales, el gran apoyo social recibido y el esforzado trabajo del concejal de Urbanismo y de los técnicos municipales implicados, especialmente del Área de Urbanismo, sobre la que ha recaído la responsabilidad de esta modificación y que a buen seguro conseguirá alcanzar una regulación acorde con las necesidades actuales de Lorca que sirva para conseguir que la imagen y la convivencia en nuestro municipio no se degraden y nos permita seguir siendo un municipio atractivo para nuestros vecinos y visitantes”.
Ayuntamiento de Lorca